viernes, 20 de julio de 2018

El DR-CAFTA y el Acuerdo EPA; Analogías y Diferencias.

Sin duda que el DR-CAFTA ha constituido una referencia correcta para establecer ciertas diferencias y similitudes sobre aspectos que permitieron tener un mejor entendimiento del proceso de negociación del Acuerdo EPA con la Unión Europea.
 
En cuanto a similitudes, tenemos que tanto el  DR-CAFTA como el EPA implican acuerdos de liberalización del comercio de bienes y servicios con contrapartes que tienen un grado de desarrollo mucho mayor al nuestro.   En ambos casos, el resultado es el cambio de un régimen comercial preferencial unilateral y temporal, por uno bilateral con carácter de permanencia y de acuerdo a las normativas de la OMC. Las negociaciones del DR-CAFTA y del EPA no son parte de una iniciativa nacional para expandir el comercio exterior,  sino que son negociaciones definidas por factores externos ante las cuales se reacciona para  evitar la erosión  de nuestras preferencias comerciales y pérdida de la competitividad con respecto a terceros países, en los mercados de los EU y Europa respectivamente, y de paso no quedarnos atrás.     

Como el DR-CAFTA, la negociación del EPA incluyo, no solo la liberalización del comercio de bienes, sino también de los servicios y la inversión, y abarco aspectos de Propiedad Intelectual, Compras del Sector Público y Política de Competencia. Ambos esquemas comerciales hoy día ya se han constituido en una herramienta política importante para promover los procesos de reforzamiento institucional necesarios  para atraer la inversión extranjera y resultando en la gran mayoría de casos en un incremento de la competencia en el mercado nacional, donde los consumidores hasta ahora han sido los mayores beneficiados.  

No obstante la negociación de un EPA tuvo un énfasis y enfoque hacia el desarrollo en el cual la liberalización comercial será en función de los requerimientos y condiciones necesarias para fomentar el desarrollo económico de los países del Caribe ACP.  Por ello, el proceso de liberalización que resultará de EPA no es un fin en sí mismo, sino que se enmarca dentro de los objetivos y posibilidades de desarrollo económico sostenible definido por  los países del CARIFORO.  El EPA se basa en el reconocimiento explícito de otorgar trato especial y diferenciado a las economías de menor desarrollo económico, al tenor del artículo 37.7 del Acuerdo de Cotonou que establece que  Las negociaciones tendrán en cuenta el nivel de desarrollo y la incidencia socioeconómica de las medidas comerciales en los países ACP, y su capacidad para adaptarse y para ajustar sus economías al proceso de liberalización.
 
En el caso del EPA, la República Dominicana participo de manera conjunta con los demás países del CARIFORO, desde el inicio de  todo el proceso de negociación.   Esto implica un ejercicio de negociación diferente al de DR-CAFTA,  en el cual los intereses dominicanos se consensuaron e incorporados dentro de la estrategia regional conjuntamente  con los demás países del CARIFORO.   Esta estrategia determino los parámetros de las negociaciones con la UE, las cuales estarán a cargo de un Colegio de Negociadores  integrado por expertos caribeños de los diferentes países de la región. Los sectores productivos nacionales se integraron activamente a las negociaciones de EPA con la UE a través de los mecanismos de participación definidos por el sector oficial, en particular el Comisión Nacional de Negociaciones Comerciales (CNNC) y la Cancillería. Sin dudas que  el país gano mucho desde el punto de vista económico, comercial y político del resultado exitoso de esas negociaciones; solo que aún falta poner en vigencia el Art. 238 sobre Preferencias Regionales de una forma efectiva con la anuencia y apoyo por parte del Directorado del CARIFORO.

Máximo Peña De León,
Abogado - Experto en Comercio Exterior
Master en Negocio y Derecho Marítimo
UPCO/IME (Promoción #23)  
@MaximoPenaLeon
@PenaYunesLegal